7. Se especifican los diferentes Órganos de Gobierno y sus respectivas funciones (incluidos, en su caso, Juntas de Distrito o Barrios).

EQUIPO DE GOBIERNO

ORGANIZACION MUNICIPAL

 

JUAN CARLOS GONZÁLEZ GARCÍA (ALCALDE-PRESIDENTE)

Presidencia:

  • Comprenderá la facultad de dirigir y gestionar en general los servicios públicos incluyendo la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, relativos a las materias que nos se integren en ninguna otra área de gobierno.
  • La dirección del gobierno y administración local (la coordinación de todas las áreas, servicios, empresas y órganos colegiados de la Entidad Local )
  • La representación de la Entidad Local y de la presidencia en todos los órganos colegiados, así como en todos los actos publico que se celebren en el territorio de la Entidad y todo lo que afecte al protocolo, honores y distinciones
  • Dictar bandos.
  • La coordinación de todos los servicios en caso de emergencia, catástrofe, infortunios públicos o graves riesgos.
  • Los servicios jurídicos y de asesoramiento legal y los servicios de control y fiscalización interna de la gestión económica, financiera y presupuestaria.
  • Las relaciones ínter administrativas, intencionales, los hermanamientos y la representación de la Entidad local en cualquiera otra Entidades en participe la Entidad.
  • Elevar propuesta al pleno en los asuntos que haya de ser sometidos a la decisión de la misma.
  • Todas aquellas cuestiones que se refieran a competencias del Alcalde-presidente  y que no puedan ser delegadas.

Área de Régimen Interior:

  • Relación y seguimiento convenios laborales y acuerdos con funcionarios, planificación vacaciones personal.
  • Autorización asuntos propios, expedientes de excedencias voluntarias
  • Cualquier cuestión relacionada con el área.
  • Autorización de quioscos y elementos de ocupación de la vía pública.

Área de Urbanismo y Vivienda:

  • Ordenación, gestión y ejecución y disciplina urbanística
  • Control del patrimonio municipal de suelo
  • Control y seguimiento e instrucción de las licencias urbanísticas
  • Promoción y gestión de viviendas sometidas a algún régimen de protección pública.

Área de servicios e infraestructura

  • Abastecimiento y depuración de aguas, mantenimiento de la depuradora de aguas y la red de abastecimiento
  • Mantenimiento de la red de alcantarillado
  • Limpieza de la vía pública
  • Limpieza y mantenimiento de edificios públicos y de los colegios
  • Mantenimiento del alumbrado público

Área de Obras Públicas:

  • Gestión de las obras públicas incluidas en los planes municipales de inversión cuyos proyectos y ejecución se realicen en solitario por el Ayuntamiento. o en colaboración con otras administraciones incluidas en planes de colaboración tales como Planes de Inversión, PFOEA, PIB...

Área de Economía y Hacienda Pública

  • Elaboración del presupuesto municipal.
  • Modificaciones presupuestarias.
  • Ejecución del presupuesto Municipal: gastos, ingresos, órdenes de pago a justificar, etc.
  • Liquidación de presupuestos Municipales.
  • Estado y Cuentas Anuales.
  • Elaboración de ordenanzas fiscales.
  • Gestión y liquidación tributaria.
  • Operaciones de crédito a corto y largo plazo.
  • Participaciones en los tributos del estado (PIE)  y de la Comunidad Autónoma (PATRICA)
  • Gestiones y relaciones con la OPAEF
  • Control y fiscalización.
  • Los servicios de control y fiscalización interna y externa de la gestión económica-financiera y presupuestarias.

 

MARÍA JESÚS CASTRO PLATA DEDICACIÓN PARCIAL  70% 

*PORTAVOZ GRUPO MUNICIPAL.

* COMISIÓN  DE CUENTAS.

Área de Servicios Sociales, tercera edad, bienestar social:

  • Gestión y Control de los servicios sociales comunitarios y planificación del servicio de ayuda a domicilio.
  • Administración y planificación de los centros municipales de la tercera edad.
  • Potenciación de servicios a la tercera edad, programación de actividades culturales de la tercera edad, ocupación del tiempo libre de la tercera edad.
  • Planificación, organización y ordenación de Programas para el desarrollo e impulso de los colectivos de mayores y personas con diversidad funcional o habilidades diferentes.
  • Acciones dirigidas a los drogodependientes.
  • Políticas relacionadas con el bienestar social de la localidad.
  • Programas de Tratamiento Familiar.

 Área de Comunicación y Nuevas Tecnologías

  • Desarrollo y publicación de las Redes sociales.
  • Pagina web.
  • Portal de transparencia y prensa.
  • Información, difusión y formación al ciudadano en nuevas tecnologías TIC,s.

 

 JUAN ROMERO TINAJERO DEDICACIÓN PARCIAL 60%

*COMISIÓN DE CUENTAS 

Área de Participación ciudadana:

  • Encauzamiento de la participación ciudadana en los asuntos públicos en general, en la vida local y en la gestión de los asuntos municipales.
  • Gestión y propagación de actividades desempeñadas por el voluntariado.
  • Organización de fiestas y festejos tales como la Feria, Carnaval, día de Andalucía, Mercado medieval, Fiesta de San Juan , etc.
  • Participación individual y asociada en los ámbitos cívicos, sociales culturales económicos y políticos.

Área de suministros y compras relacionadas.

  • Gestión de las compras para satisfacer las demandas de los distintos empleados municipales para el correcto desarrollo de su actividad.

Área Mercado, Venta Ambulante.

  • El control y seguimiento del mercado ambulante, mercadillo, puestos, casetas particulares y familiares, atracciones y espectáculos en periodos distinto a la feria.

 

CAROLINA VALDERA VALLE  DEDICACION 43 %

* REPRESENTANTE DE LOS CONSEJOS ESCOLARES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS Y COMISIÓN DEL ABSENTISMO ESCOLAR

Área de Educación:

  • Participación en los órganos de gestión de los centros docentes
  • Vigilancia y cumplimiento de la escolaridad obligatoria
  • Educación de Adultos.

Área de Cultura:

  • Control y organización de las bibliotecas, casa de la cultura
  • Organización de eventos culturales
  • Coordinar las actividades que se realizan dentro del Programa de Fomento y Cooperación Cultura.

Área de desarrollo económico, empresa y comercio:

  • Fomento y desarrollo de la economía local
  • Política de fomento empresarial.
  • Industria, polígonos industriales.
  • Empleo
  • Escuelas taller, casas de oficios, talleres ocupacionales.
  • Formación ocupacional.
  • Sociedad instrumental de desarrollo
  • Dinamización de Centros de Acceso Público a Internet red guadalinfo.

 

 ENRIQUE PIÑAS JIMENEZ DEDICACIÓN PARCIAL 60%

* MESA DE SEGURIDAD CIUDADANA

* SUPLENTE EN AGUA DEL HUESNA.

* SUPLENTE EN ADELQUIVIR.

 Área Seguridad ciudadana y ordenación del tráfico:

  • Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas.
  • Planificación, organización y ordenación de la movilidad en el término municipal.
  • Protección civil y extinción de incendios
  • Facultad para resolver mediante actos administrativos expedientes por infracciones a las normas de seguridad ciudadana y espectáculos públicos.
  • Autorización de Espectáculos Públicos.
  • Educación vial y programas de fomento de la movilidad local.

 Área de Policía

  • Gestión de la Plantilla Municipal de Policía Local y creación de nuevos puestos.
  • Policía local, coordinación de las actuaciones con  la guardia civil.
  • Planificación de equipamientos para el buen desarrollo de la Plantilla de la Policía Local.
  • Control, seguimiento y aprobación del cuadrante, vacaciones, permisos y sustituciones de la plantilla  de la Policía Local.
  • Régimen disciplinario  de la Plantilla de la Policía Local.

 Área de Transporte.

  • Incrementar la participación del transporte público en la movilidad general.
  • Mejora continua de la accesibilidad en el entorno urbano de la ciudadanía, para posibilitar todas las actividades de la comunidad urbana de la forma más segura, rápida y cómoda.

 

MARIA GALINDO JAREN ( SEGUNDA TTE. ALCALDE)

*JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

 Área de Turismo

  • Promoción Turística.
  • Información Turística
  • Participación en las Fiesta de Turismo
  • Planes Estratégicos de Turismo.
  • Mantenimiento de la Web de Turismo.

Área de desarrollo Rural:

  • Explotación fincas de titularidad municipal
  • Información y asesoramiento sobre cultivos, rendimientos, subvenciones
  • Autorización pesticidas, fungicidas….

 

DIEGO MANUEL FENANDEZ PANAL ( DEDICACIÓN PARCIAL 19 % )  

Área de Deportes:

  • Planificación y promoción  de actividades deportivas
  • Coordinación del CD. El Palmar vereda real
  • Coordinación de la Escuela Deportiva de invierno y de Verano
  • Realización y coordinación de todas las actividades deportivas del pueblo o
    en las que participa el pueblo.
  • Organización de eventos deportivos municipales y captación de eventos deportivos supramunicipales.
  • Control, organización y gestión del uso de las instalaciones deportivas Municipales.
  • Gestión de convenios con diferentes organismos públicos y privados de carácter deportivos.

 Área de Medio ambiente:

  • Control y mantenimiento plazas, jardines y parques públicos.
  • Control de vertederos incontrolados
  • Control de caminos y vías pecuarias
  • Protección del medio natural

 

MACARENA FLORES BARRIOS (PRIMER TTE. ALCALDE)

*JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

 Área de Política de Igualdad.

  • Gestión del Centro de Punto de Igualdad Municipal.
  • Promover la participación de la mujer.
  • Políticas de igualdad.
  • Potenciación de las relaciones con las asociaciones de mujeres.
  • Programas de concienciación contra la Violencia de Género.

 Área de Salud y consumo:

  • Protección de la salubridad pública
  • Promoción a la salud
  • Participación de la gestión primaria
  • Atención al consumidor
  • Expedientes relacionados con infracciones a las normas sobre salud pública y defensa de los consumidores y usuarios
  • Control de plagas y salubridad pública.

 

PAOLA GARCÍA VAZQUEZ (TERCERA TTE. ALCALDE)

*JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

Área de Juventud:

  • Gestión de la oficina municipal de información juvenil.
  • Planificación de actividades de ocio y tiempo libre dirigidas a la juventud.
  • Gestión de dinamización de programas y medidas de dinamización juvenil.
  • Creación del Plan Municipal de Juventud.

JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

Como miembros de la Junta de Gobierno Local a los Sres. Concejales:

A DÑA. MACARENA FLORES BARRIOS, PRIMERA TENIENTE DE ALCALDE
A DÑA., MARÍA GALINDO JAREN SEGUNDO TENIENTE DE ALCALDE
A DÑA. PAOLA GARCÍA VAZQUEZ, TERCERO. TENIENTE DE ALCALDE

Será atribución propia e indelegable de la Junta de Gobierno Local la asistencia permanente al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, así como las siguientes por delegación de esta Alcaldía:


1. La aprobación de los instrumentos de planeamiento, de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidos al Pleno, así como, de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización y tramitación de Planes Especiales o Proyectos de Actuación de Interés Público en terrenos con el régimen del suelo no urbanizable. Establecimiento de sistemas de actuación, en su caso.

2. Respecto de la Gestión del Gasto: Concesión de subvenciones, tanto corriente como de capital (Capítulos IV del Estado de Gasto).

3. Aprobación de Proyectos de Obras cuando sea competente para su contratación o concesión la Alcaldía Presidencia y estén previstos en el Presupuesto.

4. Las contrataciones de toda clase que, estando atribuidas legalmente a la Alcaldía, superen el límite establecido para los contratos menores en la legislación vigente.

5. Recepción de Obras, Servicios y Suministros que superen el límite establecido para los contratos menores en la legislación vigente.

6. Aprobación de los convenios a suscribir con particulares o con otras Administraciones públicas, siempre que el contenido de los mismos se refiera a competencias delegadas en la Junta de Gobierno Local o ésta fuera competente para la aprobación del gasto que la firma de este convenio suponga, con arreglo a los establecidos en este Decreto de Delegaciones o en las Bases de Ejecución del Presupuesto.

7. La gestión del Patrimonio Municipal, así como del Patrimonio Municipal del Suelo en relación a la adquisición y disposición onerosa de los bienes inmuebles y muebles.

8. La concesión de licencias de apertura de establecimientos fabriles, industriales o comerciales que estén sujetos a calificación ambiental y de licencias de obras mayores, salvo que las Ordenanzas o Leyes Sectoriales las atribuyan expresamente al Pleno de la Corporación.

9. Aprobación de bases y concursos que sean celebrados y organizados por el Ayuntamiento de cualquiera que sea su índole o naturaleza.

En cualquier momento podrá esta Alcaldía ampliar las competencias delegadas en la Junta de Gobierno Local, bien de forma general en relación con alguna de las atribuciones que la Ley le confiere, bien de forma concreta para algún asunto.

Del mismo modo podrán ser revocadas, avocadas o modificadas todas o algunas de las delegaciones conferidas con las mismas formalidades que las exigidas por su otorgamiento así como avocar para sí la competencia delegada especialmente en aquellos casos en que la urgencia en la resolución del asunto no aconseje esperar a una convocatoria de sesión, y cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo haga conveniente.

La Junta de Gobierno Local celebrará sesión ordinaria los VIERNES cada quince días, dos sesiones al mes, a la hora prevista en la convocatoria con veinticuatro horas de antelación, salvo en casos de sesiones extraordinarias urgentes.

En cuanto a los viernes que coincida con festivo, a la vista de los asuntos pendientes, el Alcalde podrá optar por convocar sesión para el anterior o el siguiente día hábil o incluir los asuntos para su consideración en la convocatoria de la siguiente sesión ordinaria

 


PRIMERO- Delegar en la Junta de Gobierno las siguientes competencias:


1. Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto, y, en cualquier caso, los seis millones de euros, así como, los contratos y concesiones plurianuales cuando su duración sea superior a cuatro años y los plurianuales de menor duración cuando el importe acumulado de todas sus anualidades supere el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del Presupuesto del primer ejercicio, y, en cualquier caso, cuando sea superior a la cuantía señalada en esta letra.

2. La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos.

3. El reconocimiento extrajudicial de crédito, siempre que no exista dotación presupuestaria.

4. La autorización o denegación de incompatibilidades a los funcionarios.

5. Otorgar subvenciones con cargo a las consignaciones globales del Presupuesto.

6. La rectificación anual del Inventario de Bienes y Derechos de la Corporación Municipal.

7. Las resoluciones de reclamaciones por daños y perjuicios, siempre que la cuantía solicitada sea asumible por las consignaciones presupuestarias.

8. La solicitud de ejecución por administración de obras y servicios incluida dentro de los Programas de Cooperación Económica Local que apruebe la Excma. Diputación Provincial para cada ejercicio económico.

9. Ordenes de ejecución mediante el sistema de ejecución subsidiaria.

10. La aprobación de las memorias P.F.E.A. (Plan de Fomento Especial Agrario) paln para solicitar subvenciones al Servicio Público de Empleo Estatal.

11. Petición de subvenciones o ayudas a cualquier organismo oficial, cuando los compromisos de la aportación municipal no rebasen las consignaciones presupuestarias.

12. La iniciación de los expedientes de expropiación forzosa.

13. Aprobación de los Proyectos de Actuación Urbanística de suelo no urbanizable.

14. Realización de obras, servicios y suministros de emergencia, a casusa de acontecimientos catastróficos, situaciones que supongan grave peligro o necesidad que afecten directamente a la seguridad ciudadana, con sujeción al régimen establecido en el artículo 117 del R.D Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, debiéndose dar conocimiento al Pleno del Ayuntamiento en la Primera sesión que celebre.

15. Todas aquellas otras que siendo de la competencia del Pleno de la Corporación, de conformidad con su normativa específica, no se encuentren recogidas en los apartados anteriores, sean susceptibles de delegación en la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento y no requieran para su aprobación una mayoría especial.

16. Por razones de urgencia, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento, podrá adoptar acuerdos sobre materias reservadas a la competencia del Pleno Municipal, condicionadas a su ratificación por éste en la primera sesión que se celebre.

SEGUNDO.- Los actos dictados por la Junta de Gobierno en el ejercicio de las atribuciones delegadas se entienden dictados por el órgano delegante, el Pleno, correspondiendo en consecuencia a éste la resolución de los recursos de reposición que puedan interponerse.

TERCERO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme al apartado 2 del art. 51del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales.

CUARTO.- Dese cuenta del Presente acuerdo.